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Calculadora de IRPF 2026

Mueve la barra o escribe tu sueldo y mira al instante cuánto te queda, cuánto se lleva Hacienda y si la renta te sale a pagar o a devolver. Después, afina con el resto de casillas: cada una explica qué poner.

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Tus datos personales y familiares Determinan tu escala autonómica y el «mínimo personal y familiar», la parte de tus ingresos que no paga impuestos.
¿Qué pongo aquí?

La comunidad donde viviste más días del año (más de 183). La mitad de tu IRPF va a tu comunidad y cada una tiene su propia escala.

Ejemplo: Si te mudaste de Valencia a Madrid en marzo, pon Madrid.

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¿Qué pongo aquí?

A partir de 65 años el mínimo personal sube 1.150 € y a partir de 75, otros 1.400 €.

Ejemplo: Si cumples 65 el 20 de diciembre, pon 65.

¿Qué pongo aquí?

En la conjunta se suman los ingresos de toda la unidad familiar y se resta una reducción de 3.400 € (matrimonio) o 2.150 € (familia monoparental). Suele compensar cuando uno de los dos gana poco o nada. Si eliges conjunta, introduce abajo los ingresos de ambos.

Ejemplo: Pareja casada en la que uno gana 35.000 € y el otro no trabaja: la conjunta suele salir mejor.

¿Qué pongo aquí?

Con discapacidad reconocida el mínimo sube 3.000 € (9.000 € si es igual o superior al 65 %). Si trabajas, además tienes más gastos deducibles (3.500 € o 7.750 €).

¿Qué pongo aquí?

Suma 3.000 € más al mínimo por discapacidad. Debe estar acreditado.

¿Qué pongo aquí?

Cuentan los hijos menores de 25 años (o de cualquier edad con discapacidad) que vivan contigo y no ganen más de 8.000 € al año. El mínimo es 2.400 € por el primero, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por el cuarto y siguientes.

Ejemplo: Dos hijos de 10 y 19 años que estudian: pon 2.

¿Qué pongo aquí?

Cada hijo menor de 3 años suma 2.800 € al mínimo y da derecho a la deducción por maternidad (1.200 € al año).

¿Qué pongo aquí?

Si los hijos conviven con ambos progenitores, cada uno aplica la mitad del mínimo por descendientes.

¿Qué pongo aquí?

Suma 3.000 € al mínimo por cada uno y da derecho a una deducción de 1.200 € al año.

¿Qué pongo aquí?

Suma 12.000 € al mínimo (9.000 € más 3.000 € por asistencia) y 1.200 € de deducción.

¿Qué pongo aquí?

Con título de familia numerosa en vigor tienes una deducción de 1.200 € (general) o 2.400 € (especial), más 600 € por cada hijo que supere el mínimo para tener esa categoría. Se puede cobrar por adelantado cada mes.

¿Qué pongo aquí?

Tienen que convivir contigo al menos la mitad del año y no ganar más de 8.000 € al año. Suman 1.150 € cada uno al mínimo.

Ejemplo: Tu madre de 70 años vive contigo y cobra una pensión de 7.500 €: pon 1.

¿Qué pongo aquí?

Suman 2.550 € cada uno (1.150 € + 1.400 €). No los cuentes también en la casilla anterior.

¿Qué pongo aquí?

Suman 3.000 € al mínimo y dan derecho a una deducción de 1.200 € al año cada uno.

¿Qué pongo aquí?

Deducción de 1.200 € si tu cónyuge tiene discapacidad y no gana más de 8.000 € al año.

Sueldo, pensiones y prestaciones Todo lo que cobras como trabajador por cuenta ajena, pensionista o perceptor del paro. Lo encontrarás en tu certificado de retenciones o en tus nóminas.
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¿Qué pongo aquí?

Lo que cobras al año ANTES de impuestos y Seguridad Social, incluidas las pagas extra, horas extra, bonus, comisiones y dietas que no estén exentas. Está en tu contrato o en el certificado de retenciones como «retribuciones dinerarias».

Ejemplo: 14 pagas de 2.000 € brutos = 28.000 €.

¿Qué pongo aquí?

Cambia ligeramente la cotización por desempleo (1,55 % indefinido; 1,60 % temporal).

¿Qué pongo aquí?

Aplicamos el 6,50 % de 2026 (4,70 % contingencias comunes, 1,55 % desempleo, 0,10 % formación y 0,15 % MEI) con el tope de la base máxima (5.101,20 € al mes), más la cuota de solidaridad si la superas. Desmárcalo si prefieres poner la cifra exacta de tu certificado.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que te han descontado en nómina por Seguridad Social en todo el año. Está en tu certificado de retenciones.

Ejemplo: Con 28.000 € brutos suele rondar 1.820 €.

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¿Qué pongo aquí?

El IRPF que tu empresa ya ha adelantado a Hacienda por ti. Suma lo retenido en todas tus nóminas, en el paro y en la pensión. Sirve para saber si la declaración te sale a pagar o a devolver.

Ejemplo: Si en la nómina te retienen 300 € al mes en 14 pagas: 4.200 €.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que la empresa te paga en bienes o servicios en vez de en dinero y no está exento: coche de empresa para uso personal, vivienda, préstamo a bajo interés, seguro médico por encima de 500 €…

Ejemplo: Coche de empresa de 30.000 € que usas también en privado: 20 % al año = 6.000 €.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que la empresa ingresó en Hacienda por tu retribución en especie sin descontártelo. Se suma como ingreso y también como pago a cuenta. Aparece en el certificado de retenciones.

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¿Qué pongo aquí?

Pensión de jubilación, viudedad o incapacidad temporal, prestación por desempleo, rescate de planes de pensiones, prestaciones por ERTE… Son rendimientos del trabajo. Las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, el ingreso mínimo vital y las prestaciones por nacimiento están exentas: no las incluyas.

Ejemplo: Cobraste 4 meses de paro a 1.100 €: 4.400 €.

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¿Qué pongo aquí?

Ingresos generados en más de dos años o calificados como irregulares: indemnización por despido en la parte no exenta, premios por antigüedad, opciones sobre acciones… Tienen una reducción del 30 % (hasta 300.000 €).

Ejemplo: Bonus plurianual de 10.000 € cobrado de una vez: tributa por 7.000 €.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que pagas al año como afiliado a un sindicato. Es gasto deducible del trabajo.

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¿Qué pongo aquí?

Solo si la colegiación es obligatoria para tu trabajo. Deducible hasta 500 € al año.

Ejemplo: Enfermera colegiada que paga 180 € al año.

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¿Qué pongo aquí?

Abogado y procurador en un juicio contra tu empleador. Deducible hasta 300 €.

¿Qué pongo aquí?

Si estabas en el paro, aceptaste un empleo en otro municipio y te mudaste, sumas 2.000 € más de gastos ese año y el siguiente.

Ahorro: intereses, dividendos y seguros Tributan en la base del ahorro, con tipos del 19 % al 30 %.
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¿Qué pongo aquí?

Lo que te han pagado en intereses en el año, ANTES de la retención del 19 %. Lo encontrarás en la información fiscal que te envía el banco.

Ejemplo: Depósito de 20.000 € al 2,5 %: 500 €.

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¿Qué pongo aquí?

Dividendos brutos cobrados de acciones españolas o extranjeras. Si hay retención en otro país, quizá puedas deducir la doble imposición internacional.

Ejemplo: Cobraste 0,80 € por acción con 1.000 acciones: 800 €.

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¿Qué pongo aquí?

La diferencia entre lo cobrado y lo aportado al rescatar un seguro de ahorro o una renta vitalicia (la parte que tributa).

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¿Qué pongo aquí?

Comisiones de custodia y administración de tus acciones o bonos. NO son deducibles las comisiones de gestión de carteras discrecionales.

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¿Qué pongo aquí?

Normalmente el 19 % de lo cobrado. Aparece en la información fiscal del banco.

Ejemplo: 19 % de 500 € de intereses = 95 €.

Pisos y locales alquilados (y segundas viviendas) Si alquilas un inmueble, tributa el rendimiento neto. Si tienes una segunda vivienda vacía, Hacienda te imputa una renta.
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¿Qué pongo aquí?

Todas las rentas cobradas en el año, más lo que repercutas al inquilino (por ejemplo, el IBI o la comunidad, si se los cobras).

Ejemplo: Alquilas un piso por 800 € al mes: 9.600 €.

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¿Qué pongo aquí?

Intereses (no el capital) del préstamo con el que compraste el piso alquilado, más gastos de reparación y conservación (pintar, cambiar la caldera, arreglar una avería). Juntos no pueden superar los ingresos; el exceso se aplica en los 4 años siguientes.

Ejemplo: Intereses de 2.100 € y una reparación de 400 €: 2.500 €.

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¿Qué pongo aquí?

IBI, tasa de basuras, comunidad de propietarios, seguro de hogar e impago, suministros que pagues tú, gestoría, gastos de formalización del contrato, certificado energético…

Ejemplo: IBI 450 € + comunidad 720 € + seguro 230 € = 1.400 €.

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¿Qué pongo aquí?

El precio de compra más los gastos e impuestos, SIN el valor del suelo. Para separar el suelo, usa la proporción del recibo del IBI (valor catastral de la construcción / valor catastral total). Calculamos el 3 % anual.

Ejemplo: Compraste por 200.000 € y la construcción es el 60 % según el IBI: 120.000 € (amortización: 3.600 € al año).

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¿Qué pongo aquí?

Si alquilas amueblado, puedes amortizar el 10 % anual de lo que te costaron muebles y electrodomésticos.

¿Qué pongo aquí?

Solo si alquilas una vivienda que es la residencia habitual del inquilino. Se aplica sobre el rendimiento neto positivo. Los alquileres de temporada, turísticos y locales no tienen reducción.

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¿Qué pongo aquí?

Si alquilas un local a una empresa o autónomo, te retienen el 19 %. En viviendas a particulares no hay retención.

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¿Qué pongo aquí?

Si tienes una casa en el pueblo o en la playa que no alquilas (o un piso vacío), Hacienda te imputa como renta el 1,1 % o el 2 % de su valor catastral. Lo ves en el recibo del IBI. No incluyas tu vivienda habitual ni los garajes anexos a ella.

Ejemplo: Apartamento en la playa con valor catastral de 80.000 € (revisado): renta imputada de 880 €.

¿Qué pongo aquí?

Si el valor catastral se ha revisado o modificado desde 1994 se aplica el 1,1 %; si no, el 2 %. En caso de duda, pregunta en tu ayuntamiento o mira la Sede del Catastro.

Autónomos y actividades económicas Si trabajas por tu cuenta (autónomo, profesional, agricultor…).
¿Qué pongo aquí?

La mayoría de autónomos está en estimación directa simplificada, que añade un 5 % de gastos de difícil justificación (máximo 2.000 €). En módulos, tu rendimiento sale de unos índices fijos (modelo 131).

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¿Qué pongo aquí?

Lo facturado en el año, sin IVA. Incluye subvenciones de la actividad.

Ejemplo: Facturaste 3.000 € al mes sin IVA: 36.000 €.

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¿Qué pongo aquí?

Gastos necesarios y justificados con factura: alquiler del local, material, software, gestoría, publicidad, teléfono, suministros (30 % de la parte de la vivienda afecta si trabajas en casa), seguro de salud (hasta 500 € por persona), amortizaciones, dietas…

Ejemplo: Gestoría 600 € + software 300 € + móvil 360 € + material 1.200 € = 2.460 €.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que pagas a la Seguridad Social como autónomo (RETA). Es gasto deducible y también la contamos como dinero que pagas al Estado.

Ejemplo: 300 € al mes: 3.600 €.

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¿Qué pongo aquí?

Solo si estás en módulos: el rendimiento neto que sale de tus modelos 131.

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¿Qué pongo aquí?

Reducciones que te correspondan: inicio de actividad (20 % el primer año con beneficios y el siguiente), autónomos económicamente dependientes, rentas bajas…

Ejemplo: Empezaste el año pasado y este es tu primer año con beneficios: el 20 % del rendimiento neto.

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¿Qué pongo aquí?

El 15 % (7 % los tres primeros años) que retienen tus clientes empresas en las facturas de profesionales.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que ya has ingresado cada trimestre en los modelos 130 o 131.

Ventas, premios y otras ganancias Venta de acciones, fondos, inmuebles o criptomonedas y otros ingresos puntuales.
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¿Qué pongo aquí?

La diferencia entre lo que obtuviste al vender y lo que te costó (con gastos). Si perdiste, ponlo en negativo. Suma todas las operaciones. Cambiar de un fondo a otro (traspaso) no tributa. Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra, o tienes más de 65 años, la ganancia puede estar exenta.

Ejemplo: Compraste acciones por 5.000 € y las vendiste por 6.200 €: 1.200 €. Vendiste bitcoin con 300 € de pérdida: −300 €.

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¿Qué pongo aquí?

Premios de concursos, ayudas públicas (por ejemplo, para comprar coche o para rehabilitar una vivienda), intereses de demora cobrados de Hacienda… Van a la base general.

Ejemplo: Ganaste un coche valorado en 15.000 € en un sorteo comercial.

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¿Qué pongo aquí?

Los primeros 40.000 € de cada décimo están exentos; el resto paga un 20 % que se retiene al cobrar. No se suman al resto de tu renta: lo mostramos aparte en el total que pagas.

Ejemplo: Premio de 100.000 € en un décimo: pagas el 20 % de 60.000 € = 12.000 €.

Planes de pensiones y otras reducciones Se restan directamente de tu base imponible: ahorras según tu tipo marginal.
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¿Qué pongo aquí?

Hasta 1.500 € al año a planes individuales (y hasta 30 % de tus rendimientos del trabajo y actividades). Para el plan de empleo de tu empresa, lo que tú aportes cuenta dentro del límite conjunto de 10.000 €.

Ejemplo: Aportas 125 € al mes: 1.500 €.

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¿Qué pongo aquí?

Lo que tu empresa ingresa en tu plan de empleo. Se suma como ingreso del trabajo (en especie) y a la vez se resta como reducción, hasta 8.500 € adicionales.

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¿Qué pongo aquí?

La que pagas por decisión judicial tras un divorcio o separación. Se resta de tu base. (Las pensiones de alimentos a los hijos van en la casilla siguiente.)

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¿Qué pongo aquí?

Si pagas alimentos a tus hijos por sentencia y no convives con ellos, se aplica la escala por separado a esa cantidad, lo que reduce el impuesto. En ese caso no los incluyas como hijos en la sección 1.

Ejemplo: 300 € al mes de pensión de alimentos: 3.600 €.

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¿Qué pongo aquí?

Hasta 10.000 € al año por aportante (24.250 € en total por patrimonio protegido).

Deducciones Se restan directamente de lo que pagas. Las familiares se cobran aunque no tengas impuesto que pagar.
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¿Qué pongo aquí?

Lo pagado a guarderías o centros de educación infantil autorizados (matrícula, cuotas, comedor), sin contar ayudas. Aumenta la deducción por maternidad hasta 1.000 € por hijo.

Ejemplo: 250 € al mes durante 11 meses: 2.750 € (la deducción tope es 1.000 €).

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¿Qué pongo aquí?

Si cobras cada mes la deducción por maternidad, familia numerosa o discapacidad (100 € al mes, por ejemplo), pon lo cobrado en el año: se descuenta en la declaración.

Ejemplo: Cobras 100 € al mes por familia numerosa: 1.200 €.

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¿Qué pongo aquí?

Solo si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y ya aplicabas la deducción. Suma lo pagado en el año (capital + intereses + seguros vinculados). Deducción del 15 % hasta 9.040 € (máximo 1.356 €).

Ejemplo: Cuota de 600 € al mes: 7.200 € → deducción de 1.080 €.

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¿Qué pongo aquí?

Solo para contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 y si tu base imponible es menor de 24.107,20 €. Deducción del 10,05 % hasta 9.040 €. Para contratos posteriores, mira las deducciones de tu comunidad.

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¿Qué pongo aquí?

Donativos y cuotas de socio a entidades acogidas a la Ley 49/2002 (Cruz Roja, Cáritas, Médicos Sin Fronteras…) y a la Iglesia. Deducción del 80 % de los primeros 250 € y del 40 % del resto (45 % si llevas 3 años donando a la misma entidad).

Ejemplo: Eres socio de una ONG con 20 € al mes: 240 € → te devuelven 192 €.

¿Qué pongo aquí?

Sube la deducción del resto de donativos del 40 % al 45 %.

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¿Qué pongo aquí?

Deducción del 20 % hasta 600 € de base (máximo 120 €).

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¿Qué pongo aquí?

Capital aportado a sociedades de menos de 5 años (7 en algunos casos) con requisitos. Deducción del 50 % hasta 100.000 € de base.

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¿Qué pongo aquí?

Pon aquí el importe ya calculado de otras deducciones estatales, si la normativa las mantiene en vigor para tu caso: obras de mejora de la eficiencia energética en vivienda (20 %, 40 % o 60 %), compra de vehículo eléctrico o punto de recarga (15 %), doble imposición internacional, rentas obtenidas en Ceuta y Melilla…

Ejemplo: Cambiaste ventanas y la calefacción por 6.000 € reduciendo un 30 % el consumo: 40 % de 6.000 € = 2.400 €.

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¿Qué pongo aquí?

Cada comunidad tiene las suyas: alquiler de vivienda habitual para jóvenes, nacimiento o adopción, gastos educativos y libros de texto, cuidado de hijos o de mayores, familia numerosa o monoparental, gimnasio y deporte, compra de vivienda en zonas rurales, eficiencia energética… Pon el importe total que te corresponda. Puedes consultarlas en la web de la Agencia Tributaria («Deducciones autonómicas»).

Ejemplo: Si tu comunidad tiene deducción por alquiler para jóvenes y por nacimiento de un hijo, y te corresponden 400 € y 300 €, pon 700.

Tu resultado

Cobras neto al año 0 €
0 €al mes (12 pagas)
0 €al mes (14 pagas)
Reparto de tus ingresos brutos — te queda
    Pagas al Estado 0 €
    Tu declaración 0 € tras lo ya retenido
    Tipo medio de IRPF0 %
    Tipo marginal (por cada euro extra)0 %

      Neto: 0 € — Ver ↓

      Por qué tramos pasa tu sueldo

      Cada barra es la parte de tu base liquidable general que paga ese tipo (estatal más autonómico). Pasa el dedo o el ratón por encima para ver el detalle.

      ¿Y si vivieras en otra comunidad?

      El IRPF de tu mismo caso en cada comunidad de régimen común, de menos a más.

      Cómo podrías pagar menos (legalmente)

      Consejos calculados con tus datos. No son una recomendación personalizada: valora tu situación o consulta a un asesor.

        Ver el desglose completo paso a paso (como en el modelo 100)

        Cómo funciona el IRPF, en cinco pasos

        1. Sumas tus rentas por tipo: trabajo, alquileres, actividades, ahorro y ganancias. Cada una con sus gastos deducibles y reducciones.
        2. Separas dos bases: la general (sueldo, alquileres, autónomos, premios) y la del ahorro (intereses, dividendos y ventas).
        3. Restas las reducciones (planes de pensiones, tributación conjunta…) y obtienes la base liquidable.
        4. Aplicas las escalas estatal y de tu comunidad. A la parte de renta que cubre tu mínimo personal y familiar no se le cobra impuesto.
        5. Restas las deducciones y lo que ya te retuvieron: el resultado es lo que pagas o lo que te devuelven.

        La escala estatal va del 9,5 % al 24,5 % y se suma a la autonómica. La base del ahorro tributa al 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % a partir de ahí. Las escalas y mínimos autonómicos de esta calculadora están contrastados con el documento oficial Tributación Autonómica. Medidas 2026 del Ministerio de Hacienda.

        Ver la escala autonómica de cada comunidad

        Andalucía

        Ley 5/2021 de Tributos Cedidos de Andalucía.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        13.000 € 9,5 %
        21.100 € 12 %
        35.200 € 15 %
        60.000 € 18,5 %
        En adelante 22,5 %

        Aragón

        Decreto Legislativo 1/2005 de Aragón, art. 110-1.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        13.072,5 € 9,5 %
        21.210 € 12 %
        36.960 € 15 %
        52.500 € 18,5 %
        60.000 € 20,5 %
        80.000 € 23 %
        90.000 € 24 %
        130.000 € 25 %
        En adelante 25,5 %

        Asturias

        Ley 3/2025 de medidas fiscales del Principado de Asturias.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 9 %
        17.707,2 € 12 %
        33.007,2 € 14 %
        53.407,2 € 19,2 %
        70.000 € 21,5 %
        90.000 € 22,5 %
        175.000 € 25 %
        En adelante 26 %

        Illes Balears

        Decreto Legislativo 1/2014 de Baleares y modificaciones posteriores.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        10.000 € 9 %
        18.000 € 11,25 %
        30.000 € 14,25 %
        48.000 € 17,5 %
        70.000 € 19 %
        90.000 € 21,75 %
        120.000 € 22,75 %
        175.000 € 23,75 %
        En adelante 24,75 %

        Canarias

        Decreto Legislativo 1/2009 de Canarias, deflactada por la Ley 9/2025.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        13.748 € 9 %
        19.422 € 11,5 %
        35.924 € 14 %
        57.566 € 18,5 %
        93.268 € 23,5 %
        123.745 € 25 %
        En adelante 26 %

        Cantabria

        Decreto Legislativo 62/2008 de Cantabria (reforma de la Ley 3/2023).

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        13.000 € 8,5 %
        21.000 € 11 %
        35.200 € 14,5 %
        60.000 € 18 %
        90.000 € 22,5 %
        En adelante 24,5 %

        Castilla-La Mancha

        Ley 8/2013 de Castilla-La Mancha, art. 13 bis.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 9,5 %
        20.200 € 12 %
        35.200 € 15 %
        60.000 € 18,5 %
        En adelante 22,5 %

        Castilla y León

        Decreto Legislativo 1/2013 de Castilla y León.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 9 %
        20.200 € 12 %
        35.200 € 14 %
        53.407,2 € 18,5 %
        En adelante 21,5 %

        Cataluña

        Decret-llei 5/2025 de Cataluña.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.500 € 9,5 %
        22.000 € 12,5 %
        33.000 € 16 %
        53.000 € 19 %
        90.000 € 21,5 %
        120.000 € 23,5 %
        175.000 € 24,5 %
        En adelante 25,5 %

        Comunitat Valenciana

        Ley 13/1997, art. 2, en la redacción de la Ley 5/2026 (efectos desde el 1 de enero de 2026).

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.000 € 8,8 %
        22.000 € 11,7 %
        32.000 € 14,6 %
        42.000 € 17 %
        52.000 € 19,4 %
        62.000 € 21,9 %
        72.000 € 24,4 %
        100.000 € 26,1 %
        150.000 € 27,35 %
        200.000 € 28,35 %
        En adelante 29,35 %

        Extremadura

        Decreto Legislativo 1/2018 de Extremadura, con la rebaja de la Ley 2/2026.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 7,75 %
        20.200 € 9,75 %
        24.200 € 16 %
        35.200 € 17,5 %
        60.000 € 21 %
        80.200 € 23,5 %
        99.200 € 24 %
        120.200 € 24,5 %
        En adelante 25 %

        Galicia

        Decreto Legislativo 1/2011 de Galicia y modificaciones posteriores.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.985,35 € 9 %
        21.068,6 € 11,65 %
        35.200 € 14,9 %
        60.000 € 18,4 %
        En adelante 22,5 %

        Comunidad de Madrid

        Decreto Legislativo 1/2010 de Madrid, modificado por la Ley 13/2023.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        13.362,22 € 8,5 %
        19.004,63 € 10,7 %
        35.425,68 € 12,8 %
        57.320,4 € 17,4 %
        En adelante 20,5 %

        Región de Murcia

        Decreto Legislativo 1/2010 de Murcia, modificado por la Ley 11/2023.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 9,5 %
        20.200 € 11,2 %
        34.000 € 13,3 %
        60.000 € 17,9 %
        En adelante 22,5 %

        La Rioja

        Ley 10/2017 de La Rioja y modificaciones posteriores.

        Base liquidable hastaTipo autonómico
        12.450 € 8 %
        20.200 € 10,6 %
        35.200 € 13,6 %
        40.000 € 17,8 %
        50.000 € 18,3 %
        60.000 € 19 %
        120.000 € 24,5 %
        En adelante 27 %

        Sueldo neto por comunidad autónoma